Trabajadores de Corpac denuncian discriminación salarial en plena pandemia de Covid-19

Según abogada, Corpac se niega a cumplir con los mandatos judiciales en plena crisis económica.

Más de medio centenar de trabajadores reincorporados bajo la Ley 27803, Ley de ceses colectivos, denuncian discriminación salarial por parte de la Corporación Peruana de Aeropuertos y Aviación Comercial (Corpac), organismo adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC).

La abogada Ana Trigoso explica que, pese a tener sentencias consentidas en el Poder Judicial, Corpac se niega a cumplir con los mandatos judiciales en plena crisis económica y discrimina salarialmente a este grupo de trabajadores, ubicándolos en una categoría inferior e inexistente.

Si bien la empresa cumplió con otros 250 reincorporados, no lo hace con otro importante grupo que en el último año, según las boletas presentadas, recibieron S/ 930 al mes. A ellos se les creó otras plazas por debajo del último escalón salarial en Corpac, que es de S/ 1.950.

’’Corpac sigue dilatando todo, y lo peor, es que a los trabajadores los reincorporaron a una categoría que no existe. Unos de auxiliares, como personal de apoyo, y ordenaron que no se les otorgue ningún cargo, ni ningún tipo de labor que genere alguna responsabilidad’’, menciona la letrada.

Corpac: acciones legales en marcha

Los trabajadores advierten que, además de reintegrar el dinero que dejaron de cobrar en este periodo (incluidos los seis fallecidos y siete cesados por edad), la empresa podría verse afecta de una demanda por daños y perjuicios, debido a la “violencia psicológica, maltrato y daño laboral” a la que han sido expuestos.

También cuestionan que Corpac haya recibido asesoría legal por parte Ernst & Young hasta principios de este año, aún cuando, pocos meses después de suscrito el contrato entre ambos en enero del 2018, dicho estudio recibieran una sanción del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) para no volver a contratar con el Estado hasta finales del 2021.

Cabe precisar que el artículo 38 de la Ley procesal de trabajo, determina que el recurso de casación interpuesto no suspende la ejecución de resoluciones anteriores, por lo tanto, Corpac debería ir cumpliendo con los trabajadores. Además, la empresa debe brindarles la capacitación para que laboren en una función equivalente a la que ejercían antes del despido arbitrario y pagarles una remuneración de acuerdo a las escalas vigentes.

Fuente: https://larepublica.pe/economia/2021/04/28/corpac-trabajadores-denuncian-discriminacion-salarial-en-plena-crisis-del-covid-19/?ref=lre