Conductores que incumplan serán sancionados según lo establecido de acuerdo a ley.
La Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (Sutran) recordó a los transportistas de carga y mercancías que están prohibidos de realizar el servicio de transporte terrestre de personas durante el Estado de Emergencia Nacional.
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a través de la Sutran, exhortó a los transportistas de carga y mercancías abocarse exclusivamente al rubro de abastecimiento y a su respectiva cadena de operaciones.
El Decreto Supremo N° 044-2020-PCM que declara el estado de emergencia, así como su posterior prórroga, suspenden el transporte interprovincial de pasajeros por medio terrestre, aéreo y fluvial para evitar la propagación del coronavirus. Esta prohibición debe ser cumplida hasta el próximo 12 de abril.
Los transportistas que hagan caso omiso a las disposiciones serán sancionados según lo establecido de acuerdo a ley.
El comunicado se emitió luego de conocerse que el primer caso confirmado de coronavirus en la región Apurímac fue reportado en Andahuaylas, en una persona que viajó escondida en un camión que transportó víveres y que partió del Callao. El infectado partió el 17 de marzo por la ruta Lima, Cañete, Pisco, Ayacucho y Andahuaylas; y tuvo contacto con su esposa y suegra en su comunidad. Las autoridades están realizando operativos de fiscalización en las carreteras y se han descubierto más vehículos de carga que transportaban pasajeros ilegalmente.