La entidad precisa que los transportistas y ciudadanía en general tienen 30 días calendarios para remitir sus aportes al correo schunqui@sutran.gob.pe
La Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (Sutran) publicó el proyecto «Directiva para la fiscalización del cumplimiento de las normas vinculadas al transporte terrestre de ámbito internacional»; y, su exposición de motivos, las mismas que se encuentran disponibles en la página web de la Sutran www.gob.pe/sutran, en la sección «Normas y documentos», desde donde pueden ser descargadas libremente, con el objetivo de recibir las sugerencias y comentarios de la ciudadanía en general, dentro del plazo de treinta días calendario.
De acuerdo con la Resolución de Superintendencia n.° D000066-2023-SUTRAN-SP, publicada en el diario oficial El Peruano, las opiniones, comentarios y/o sugerencias deben ser remitidas vía correo electrónico a la dirección schunqui@sutran.gob.pe, con el asunto: «Comentarios a la Directiva para la fiscalización del cumplimiento de las normas vinculadas al transporte terrestre de ámbito internacional por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – SUTRAN».
Cabe precisar que, este proyecto de directiva establece las disposiciones que regulan el ejercicio de la actividad de fiscalización del cumplimiento de las normas vinculadas al transporte terrestre carretero de ámbito internacional del que se encuentra a cargo la Sutran conforme a su ley de creación, Ley n.° 29380; en particular, de las disposiciones vinculadas al Acuerdo sobre Transporte Internacional Terrestre en el marco de la Asociación Latinoamericana de Integración (Aladi); y, de las disposiciones vinculadas a las Decisiones 398 y 837 en el marco del Acuerdo de Cartagena (Comunidad Andina)
En adición a ello, se señala que estas serán ejecutadas por los órganos y unidades orgánicas de la Sutran que ejercen la actividad de fiscalización del cumplimiento de las normas vinculadas al transporte terrestre por carretera conforme a los acuerdos internacionales antes mencionados.