Operadores de transporte turístico piden al MTC que les permita seguir operando traslados de trabajadores

Gremio APTTUR realizará una marcha pacífica hacia el Ministerio de Transportes y Comunicaciones el 10 de noviembre.

Luego de la paralización del sector turismo en marzo de este año, los operadores de transporte turístico terrestre lograron que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) emita una resolución que les autorice brindar el servicio de transporte de trabajadores, con la finalidad de reactivar sus actividades y paliar el impacto económico a más de 10,000 personas que se dedican a esta actividad. 

Sin embargo, la vigencia de dicha medida culminó a finales de octubre, de tal forma que los operadores de transporte turístico nuevamente son impedidos de realizar transporte de personal y se ven afectados por las sanciones de parte de los inspectores de la SUTRAN y la ATU. 

Aunque el turismo se viene reactivando, la recuperación total de este sector no será antes del 2023. El flujo de pasajeros actual no es suficiente para mantener en actividad laboral a la totalidad de operadores de transporte turístico. El mismo Gobierno ha aclarado que los viajes en vuelos internacionales no están autorizados con fines turísticos, ya que por el momento son para finales de retorno al lugar de origen, motivos de emergencia, laborales, entre otros. 

Por esta razón, Asociación Peruana de Transporte Turístico (APTTUR) ha solicitado al MTC que amplíe hasta mediados del 2021 la vigencia de la norma que les faculta a prestar el servicio de transporte de personal. 

El gremio ha cursado cartas al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, sin conseguir respuesta alguna. 

PROTESTA PACÍFICA 
Por lo antes expuesto, el presidente de APTTUR, Alexander Funcke, reveló a NotiTransportes que el próximo martes 10 de noviembre se realizará una marcha de protesta pacífica, cuya concentración iniciará a las 08:00 de la mañana en Campo de Marte y recorrerá la avenida Gral. Salaverry, Av. Guzmán Blanco, Plaza Bolognesi, Av. Alfonso Ugarte, Plaza Dos de Mayo, Jr. Coronel Miguel Baquero, hasta llegar a la Av. Zorritos, donde se encuentra la sede del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC). La protesta culminará al mediodía. 

A continuación, presentamos la carta enviada por la APTTUR al Ministro de Transportes y Comunicaciones a mediados de octubre: 


CARTA DE APTTUR AL TITULAR DEL MTC 

 Lima, 14 de octubre del 2020  

Señor Ing. 

CARLOS ESTREMADOYRO MORY 

Ministro de Transportes y Comunicaciones 

Jr. Zorritos Nº 1203 Cercado 

Presente.- 

Ref.: 

Solicita ampliación de la vigencia del régimen excepcional establecido para los operadores del servicio de transporte turístico terrestre de los ámbitos nacional, regional y provincial a efectos de que puedan prestar el servicio de transporte de trabajadores. 

Luego de expresarle el cordial saludo de la ASOCIACIÓN PERUANA DE TRANSPORTE TURÍSTICO (APTTUR), gremio representativo que agrupa a los operadores del servicio de transporte turístico terrestre en el Perú, tenemos a bien dirigirnos a usted con el objeto de solicitarle se sirva disponer la ampliación de la vigencia del Régimen Excepcional para prestar el Servicio de Transporte de Trabajadores establecido en la Trigésima Tercera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento Nacional de Administración de Transportes, aprobado por el Decreto Supremo Nº 017-2009-MTC, la misma que fuera incorporada en dicho cuerpo normativo mediante el Decreto Supremo Nº 011-2020-MTC y posteriormente modificada por el Decreto Supremo Nº 017-2020-MTC, como paliativo frente a la grave crisis que atraviesa el sector turístico en general y, de manera particular, los operadores del servicio de transporte turístico terrestre, como consecuencia de las medidas restrictivas dictadas por los diferentes gobiernos en prevención de la rápida propagación del Covid-19, lo cual ha devenido en una retracción casi total de la demanda de nuestros servicios.  

En efecto, pese a que nuestro gremio había solicitado que el régimen excepcional se extienda por lo menos hasta mediados del 2021, en mérito a la objetiva valoración de casi todas las proyecciones económicas, tanto gubernamentales como del sector privado, que indican que la efectiva recuperación del turismo recién se producirá en el 2024, la modificación introducida por el Decreto Supremo Nº 017-2020-MTC en el numeral 33.5 de la Trigésima Disposición Complementaria Transitoria acotada, determinó como fecha de culminación de la vigencia del referido régimen el próximo 31 de octubre del 2020. 

Sin embargo, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones no tomó en cuenta, al emitir el Decreto Supremo Nº 017-2020-MTC, los siguientes elementos de juicio: 

1.      Que si bien, mediante el Decreto Supremo Nº 117-2020-PCM, se aprobó la Fase III del Régimen de Reanudación de Actividades Económicas, la cual incluía a los servicios de transporte turístico terrestre de los ámbito nacional, regional y provincial, el propio dispositivo, conforme se advierte del numeral 7 de su Primera Disposición Complementaria Final, condicionó la efectiva reanudación de actividades de los servicios de transporte turístico terrestre a la previa aprobación de lineamientos sectoriales de prevención del Covid-19 para la actividad, así como a la fijación por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones de la fecha de reinicio, zonas permitidas, disposiciones obligatorias, recomendaciones, entre otros aspectos necesarios para la prestación de dichos servicios. Mediante la Resolución Ministerial Nº 0641-2020-MTC/01, publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 30 de septiembre del 2020, se recién se han aprobado los lineamientos sectoriales para la prevención del Covid-19 en el servicio de transporte turístico terrestre de todos los ámbitos, pero aún no se ha fijado la fecha de reinicio de actividades, las zonas permitidas, ni demás disposiciones, de manera tal que en términos objetivos aún no es posible la prestación del servicio de transporte turístico. 

2.      Que, aunque se fijara una fecha de reinicio de actividades del servicio de transporte turístico terrestre, se prevé que, por el resto del presente año e, inclusive, hasta mediados del próximo, no habrá demanda de nuestros servicios como consecuencia de que aún se mantienen los efectos nocivos de la pandemia del Covid-19 y, por tanto, las restricciones de vuelos internacionales desde y hacia nuestro país. Cabe precisar que, si bien se han reanudado los vuelos a algunos destinos en Latinoamérica, el propio gobierno viene recomendado a la ciudadanía que haga uso de estos servicios únicamente por razones de estricta necesidad, descartándose los fines turísticos. 

3.      Que, como condición para la recuperación económica de nuestro sector, resulta necesario que las normas generen predictibilidad y seguridad jurídica, lo cual no es posible con plazos efímeros que impiden toda planificación de nuestra actividad, así como la concertación de contratos de transporte sostenibles en el tiempo con muchas empresas que requieren el servicio de transporte de trabajadores. 

4.      El propio Ministerio de Transportes y Comunicaciones, como consecuencia de la modalidad de trabajo remoto, así como de las restricciones que aún se mantienen para la reactivación total de sus actividades, tiene serias limitaciones de orden logístico y en recursos humanos para atender con oportunidad las necesidades regulatorias de nuestro sector, razón por la cual muchas de las normas se emiten con deficiencias y extemporáneamente, generando problemas a nuestros operadores con los inspectores de la SUTRAN.           

En consecuencia, señor Ministro, mucho estimaremos que, esta vez, al determinar la fecha de extensión del régimen excepcional, se tomen en cuenta todas estas consideraciones, así como también la necesidad de que las normas sean oportunas. 

Sin otro particular, agradeciéndole de antemano por la atención que se sirva dispensar a la presente y rogándole que cualquier respuesta se nos haga llegar al correo electrónico presidencia@apttur.com, hacemos propia la oportunidad para expresarle las seguridades de nuestra mayor consideración y estima. 

Atentamente,