ATU: aforo de unidades de transporte debe ser igual al número de asientos indicados en su tarjeta de identificación vehicular

Ningún pasajero debe transportarse parado durante el Estado de Emergencia Nacional, según el Decreto de Urgencia N°079-2020.

La Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU), señaló que las empresas de transporte público deben cumplir con el aforo de pasajeros, de acuerdo a los asientos señalados en su tarjeta de identificación vehicular, y en ningún caso pueden llevar a personas paradas.

Dicha disposición que se encuentra en el Decreto de Urgencia N°079-2020 alcanza a los vehículos de categoría M2 y M3, es decir, con capacidad para más de ocho pasajeros sentados.

Asimismo, la ATU exhorta a los transportistas a cumplir con las labores de limpieza y desinfección de los vehículos, a fin de evitar que este sector se convierta en una fuente de contagio del Covid-19.

Además, los usuarios del sistema público de transporte -según los recientes lineamientos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC)- deben usar protectores faciales a fin de disminuir el riesgo de contagio del Covid-19.

“Cuando se trata de nuestra salud debemos tomar todas las medidas necesarias y desde el Ejecutivo y la ATU estamos comprometidos en esa tarea”, comentó la presidenta de esta entidad, María Jara.